A partir del martes 23, por ley deberás de autorizar tu ubicación real al utilizar cualquier plataforma digital bancaria en México para realizar cualquier tipo de transacción.
Si tienes una aplicación bancaria y en estos últimos días entrante, pudiste darte cuenta de que te solicitaron actualizar la aplicación y aceptar los nuevos términos y condiciones.
El artículo 115 de la Ley de Instituciones de crédito en sus nuevas disposiciones que se publicó el 22 de marzo de 2019 y entra en vigor el 23 de marzo de 2021, señala que la geolocalización deberá ser autorizada por el cliente.
Indica puntualmente que todos los servicios de canales digitales de los bancos podrán ser únicamente activadas, si el usuario da su consentimiento para ser localizado.
Esta misma ley indica que los bancos no podrán llevar a cabo la apertura de una cuenta con un cliente de forma no presencia si no logran acceder a la ubicación del cliente.
En días anteriores, las instituciones bancarias aclararon que el banco no sabrá de trayectos recorridos por parte de los clientes, sino que solo podrán saber la ubicación en donde se realizó una transacción en su aplicación movil.
Fuente:http://www.tiempo.com.mx/noticia/geolocalizacion_transacciones_operaciones_bancos_ubicacion_aplicacion_marzo_2021/