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Clausura Profepa área de fundición de empresa en El Carmen, Nuevo León

Derivado de una visita de inspección en materia de prevención y control de la contaminación a la atmósfera, la Profepa en Nuevo León clausuró de manera Temporal Total el área de fundición de una empresa ubicada en el Municipio de El Carmen.

+ La empresa no contaba con Licencia de Funcionamiento o Licencia Ambiental Única (LAU) y la Cédula de Operación Anual (COA).

Derivado de una visita de inspección en materia de prevención y control de la contaminación a la atmósfera, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en Nuevo León clausuró de manera Temporal Total el área de fundición de una empresa ubicada en el Municipio de El Carmen.
Inspectores de la Profepa constataron que la empresa se dedica a la fundición de hierro a partir de carcasas de motor (chatarra) para el moldeo de piezas industriales, actividad considerada de competencia Federal.

Dicha actividad requiere la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), dado que está considerada como fuente fija de jurisdicción federal, ya que utiliza un horno de fundición por inducción con capacidad de 500 kilogramos, así como un horno de cubilete.

La empresa no acreditó contar con Licencia de Funcionamiento o Licencia Ambiental Única (LAU), ni con la Cédula de Operación Anual (COA), las emisiones que se generan no se encuentran canalizadas a través de ductos y chimeneas y no cuentan con plataformas y puertos, en consecuencia, no presentó evaluaciones de las emisiones contaminantes que genera, operando en total clandestinidad.

De conformidad con el artículo 170 fracción l de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Proteccion al Ambiente (LGEEPA), y el artículo 47 segundo párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se impuso la medida de seguridad consistente en la Clausura Temporal Total del área de fundición de la empresa.

El levantamiento de la clausura quedó condicionada a la presentación de su Licencia de Funcionamiento o Licencia Ambiental única, así como a presentar la evaluación de emisiones a la atmósfera que acredite el cumplimiento de la norma oficial mexicana aplicable.

 

 

 

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