NORMA Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2018, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.
0. Introducción
Se consideran productos de aseo, independientemente de su estado físico, las substancias y mezclas de sustancias destinadas al lavado o limpieza de objetos, superficies o locales y las que proporcionen un determinado aroma al ambiente.
Dentro de estos productos se encuentran los jabones, detergentes, limpiadores, blanqueadores, almidones para uso externo, desmanchadores, desinfectantes, desodorantes y aromatizantes ambientales, y los demás de naturaleza análoga que determine la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 273 de la Ley General de Salud.
En este sentido, de no estar debidamente señaladas en las etiquetas o envases de productos de aseo doméstico el tipo de sustancias que éstos contienen y la forma correcta de emplearlos, constituyen un riesgo sanitario para sus usuarios y toda persona expuesta. Adicionalmente, el que las etiquetas de estos productos cuenten con información sanitaria y comercial debidamente señalizada aporta mejores elementos para que el consumidor pueda decidir sobre su mejor opción de compra.
1. Objetivo y campo de aplicación
1.1 Esta Norma tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial de las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico para elegir una mejor opción de compra, así como las características sanitarias para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo para la salud.
1.2 Esta Norma es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas y morales que se dedican al proceso o importación de productos de aseo de uso doméstico.
Ver toda la Norma: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546442&fecha=13/12/2018