ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE AMPLÍA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA DE
OPERACIÓN ANUAL, EL REGISTRO NACIONAL DE EMISIONES Y SU DICTAMEN DE VERIFICACIÓN
CORRESPONDIENTES AL AÑO 2019.
Artículo Primero. Se amplía el plazo para la presentación de la Cédula de Operación Anual correspondiente al año 2019, hasta el día 30 de septiembre del año 2020.
Artículo Segundo. Se amplía el plazo para que los Establecimientos Sujetos a Reporte integren al Registro Nacional de Emisiones la información de sus Emisiones Directas e Indirectas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2019, a través de la Cédula de Operación Anual correspondiente al año 2019, hasta el día 30 de septiembre del año 2020.
Artículo Tercero. Para efectos de lo señalado en el artículo anterior, el plazo para la presentación del Dictamen de Verificación del reporte al Registro Nacional de Emisiones correspondiente será del 1 de octubre de 2020 al 28 de febrero de 2021.